Informe N°074/2022 Fecha Octubre 11 de 2022

Dictamen N° 1751/35 de 6 de octubre de 2022, Dirección del Trabajo.
1.- Procede indemnizar la totalidad de los períodos de feriado acumulados en caso de término de contrato, aun cuando se exceda el máximo de dos períodos de acumulación que permite la ley.
2.- Niega lugar a la reconsideración del Dictamen Nº6017/310, de 09.10.1997 por cuanto la doctrina allí contenida se encuentra plenamente ajustada a derecho.

Descargar PDF

74 Informe dictamen 1751-35 de 06.10 2022