Informe N°070/2022 Fecha Septiembre 21 de 2022
Dictamen Nº 1608/34, de 14 de septiembre de 2022, de la Dirección del Trabajo.
1) “La ley Nº 21.482 declaró como feriado nacional el día viernes 16.09.2022, feriado que no corresponde a un feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores del sector comercio
2) Las partes de una relación laboral pueden acordar, en virtud del artículo 35 bis del Código del Trabajo un permiso iterferiado para el descanso del 17.09.202Í, puesto que, corresponde a un día hábil ubicado entre dos días inhábiles, pacto que debe ceñirse por las disposiciones legales y jurisprudencia señalada en el contenido del presente informe “
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