Informe N°070/2022 Fecha Septiembre 21 de 2022

Dictamen Nº 1608/34,  de 14 de septiembre de 2022, de la Dirección del Trabajo.

1)  “La  ley  Nº  21.482   declaró  como  feriado  nacional  el  día  viernes  16.09.2022, feriado  que no corresponde a un feriado  obligatorio e irrenunciable  para los trabajadores del sector comercio

2)  Las  partes  de una relación laboral  pueden acordar, en virtud del  artículo 35 bis del Código del Trabajo un permiso iterferiado para el descanso del 17.09.202Í, puesto  que, corresponde  a  un día  hábil ubicado entre  dos días  inhábiles,  pacto que debe  ceñirse por las  disposiciones legales y jurisprudencia señalada  en el contenido del presente informe “

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INFORME N°70 ASESORIAS PIMENTEL LTDA.