Informe N°021/2019 Fecha Marzo 28 de 2019

Dictamen N° 1086/11 de 26 de marzo de 2019, de la Dirección del Trabajo.
1) La trabajadora que mantiene a su hijo menor de dos años en su hogar y ejerce el derecho de alimentación postergando el inicio o anticipando el término de la jornada en una o media hora, no tiene derecho a acceder a los derechos que consagra el inciso 5° del artículo 206 del Código del Trabajo, esto es, al pago del valor de los pasajes y la ampliación del lapso de permiso.
2) Compleméntese la doctrina contenida en el dictamen n° 2495/67 de 07.06.2017, y reconsidérese toda aquella que resulte contradictoria o no conciliable con el sentido interpretativo desarrollado en el cuerpo del presente informe.

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21.Dictamen 1086 DT