Informe N°066/2022 Fecha Septiembre 9 de 2022
1) El día 16 de septiembre de 2022, ha sido declarado feriado nacional por Ley N° 21. 482, publicada en el Diario Oficial de 12 de septiembre de 2022.
2) Días 18 y 19 de septiembre 2022, constituyen feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio y de servicios que atiendan directamente al público.
3) Los días 18 y 19 de septiembre no revisten el carácter de feriados irrenunciables, respecto de trabajadores que tienen distribuida su jornada de trabajo que incluye prestación de servicios en domingo o festivos, por encontrarse en alguna de las excepciones del artículo 38 inciso primero, del Código del Trabajo, con exclusión de la prevista en el numeral 7 de dicho precepto.
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